Diana Caiza Alcaldesa de Ambato máxima autoridad

El Concejo Municipal de Ambato aprobó la Ordenanza de Actualización Catastral, Avalúo y Recaudación del Impuesto Predial para los predios urbanos y rurales del cantón, correspondiente al bienio 2026–2027. Esta decisión responde al cumplimiento de una obligación legal, técnica y constitucional, orientada a mantener un sistema tributario justo, transparente y sostenible para la ciudadanía.

La Constitución de la República, en su artículo 264, así como el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (COOTAD), establecen que los gobiernos autónomos descentralizados tienen la competencia exclusiva y la obligación de actualizar el catastro y los avalúos cada dos años. El incumplimiento de esta disposición puede generar observaciones por parte de los organismos de control y eventuales sanciones administrativas.

La ordenanza aprobada no implica un aumento discrecional de impuestos ni una revalorización artificial de los predios. Los avalúos del suelo urbano y rural se mantienen, al igual que los valores de las construcciones y el costo del metro cuadrado de edificación. Asimismo, las bandas impositivas establecidas por la ley continúan sin variación: el coeficiente se mantiene en 1.1 para el área urbana y en 0.70 para el área rural, valores que no se modifican desde el año 2016.

El único ajuste aplicado corresponde al impuesto predial y responde al análisis económico del Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC). La inflación acumulada entre el año 2024 y noviembre de 2025 es del 2,67 %, y sobre este porcentaje se realiza una actualización técnica, lo que genera incrementos leves y diferenciados únicamente en ciertos predios, de acuerdo con su avalúo.

En promedio general, el incremento que asumirán los contribuyentes es menor a un dólar. Además, el 38 % de los predios del cantón no registra ningún aumento y continuará pagando el mismo valor.

La ordenanza mantiene un enfoque social prioritario para el sector rural. En el cantón Ambato existen 137.115 predios rurales, de los cuales 73.136 quedan totalmente exonerados del pago del impuesto predial, cancelando un valor de cero dólares, en beneficio de pequeños propietarios y familias campesinas. Adicionalmente, 92.811 predios rurales no presentan ningún incremento en el valor de su impuesto.

De esta manera, la gran mayoría de predios rurales no se ve afectada por la actualización, y únicamente los predios de mayor avalúo realizan un aporte proporcional, conforme al principio de equidad tributaria.

En el área urbana se garantiza también un esquema progresivo y de protección social. Ambato registra 86.855 predios urbanos, de los cuales 34.773 tienen un avalúo inferior a 40.000 dólares y mantienen el impuesto mínimo. Asimismo, 39.665 predios urbanos no presentan incremento alguno en el valor del impuesto predial.